Se viene un fin de año agitado a nivel legislativo en la provincia de Buenos Aires. De la mano del debate y tratamiento del proyecto de Presupuesto 2018, le Ley Fiscal y el “Pacto Fiscal” con intendentes, también el foco se posa sobre el funcionamiento de la Legislatura bonaerense y el presupuesto que maneja. Desde Gobernación ya anunciaron que trabajarán para que el presupuesto de la Legislatura tenga una reducción importante para el 2018.

Desde el peronismo miran con desconfianza la iniciativa de Calle 6 y es por eso que presentaron un proyecto de ley que tiene como objetivo metas similares a las del oficialismo. El titular del bloque FpV-PJ, Walter Abarca ingresó un texto que apunta a la creación  de un “Fondo para el Sinceramiento, Financiación y Transparencia de los Partidos Políticos”.  Este fondo estará integrado por el 10 por ciento del presupuesto de ambas cámaras de la legislatura provincial.

Así, se proyecta que una vez sancionado el presupuesto de la Legislatura, “automáticamente se destinará el 10 por ciento del mismo” al Fondo Sinceramiento Financiación y Transparencia de los Partidos Políticos. Dato no menor, será una Autoridad de Aplicación la encargada de transferir, en forma automática, los fondos a los partidos que correspondan.

El proyecto apunta que el 10 por ciento del presupuesto de Diputados sea “dividido sobre la cantidad de bancas de diputados existentes”. “A cada Partido Político le corresponderá el resultado de dicha división multiplicado por la cantidad de legisladores electos bajo su nominación”, expresa el texto.

Por su parte, para el Senado apunta a que el 10 por ciento del presupuesto de esa Cámara “sea dividido sobre la cantidad de bancas de senadores existentes” con el mismo sistema que en Diputados.

El proyecto aclara que “en el caso de que un Diputado o Senador haya sido nominado por un Frente Electoral o Alianza Transitoria, el legislador deberá determinar a qué Partido Político de dicho frente o Alianza se deberán destinar los fondos”.

En cuanto a la Autoridad de Aplicación, el proyecto sostiene que la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires será la Autoridad de Aplicación, basado en lo que señalan los artículos 62 y 63, inciso 5 de la Constitución Provincial.

En ese marco, expone que con los fondos asignados cada Partido Político “deberá presentar anualmente una rendición de los gastos ejecutados ante la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, ésta dictaminará respecto de la rendición aprobando o desaprobando”. Como siguiente paso, tras el dictamen la Junta Electoral, la rendición de cuentas de cada uno de los Partidos Políticos “deberá presentarse ante el Honorable Tribunal de Cuentas”.

Un dato importante es que el proyecto señala que una vez sean aprobados por la Junta Electoral bonaerense, los Partidos políticos “deberán publicar, a través de sus sitios electrónicos, la rendición de los gastos e inversiones realizadas”, caso contrario la Autoridad de Aplicación podrá efectuar multas.

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