La Legislatura sancionó hoy la ley de Sistema Integral de Seguridad Pública, que crea la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, un cuerpo de bomberos civil, foros de participación ciudadana, mecanismos de control y transparencia y establece toda la normativa funcional y disciplinaria para el personal policial.

Paralelamente, los diputados de la Ciudad también sancionaron la ley que crea el Instituto Universitario de Seguridad (al cual se integra el actual Instituto Superior de Seguridad Pública), donde se formarán y capacitarán los cuadros de oficiales superiores y de dirección y otros agentes del nuevo sistema integral de seguridad.

El proyecto original del Gobierno fue ampliamente discutido y analizado en las comisiones de Seguridad, de Justicia y de Presupuesto. Se introdujeron modificaciones al texto original a propuesta de diferentes bloques y legisladores y se arribó a un texto consensuado que hoy se debatió en sesión ordinaria durante más de cuatro horas, con discursos de 17 legisladores.

Hablaron los diputados Daniel Presti (PRO), Marcelo Ramal (FIT), Patricio del Corro (PTS), Paula Oliveto (CC), Gustavo Vera (BC), Fernando Vilardo (AyL), Adrián Camps (PSA),  Gabriel Fuks (CNM), Roy Cortina (PS), Graciela Ocaña (CP), Carlos Tomada (FpV), Maximiliano Ferraro (CC), Natalia Fidel (Suma+), María Rosa Muiños (BP), Claudio Heredia (BP), Javier Gentilini (FR) y Juan Pablo Arenaza (PRO). El ministro de Justicia y Seguridad, Dr. Martín Ocampo, presenció el debate.

En general, la ley fue sancionada por 55 votos positivos, 3 negativos Marcelo Ramal (FIT), Fernando Vilardo(AyL) y Patricio Del Corro (PTS-FI) y la abstención del diputado Adrián Camps (PSA).

Por esta norma nace como nueva institución la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, que se integrará con los aproximadamente 6.000 actuales policías metropolitanos y los casi 20.000 efectivos transferidos desde la Policía Federal.

A través de sus 522 artículos y uno de forma (divididos en 8 libros con sus respectivos títulos y capítulos) y 32 cláusulas transitorias, la ley «establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales» para la seguridad y sostiene que «es un deber irrenunciable del Estado de la CABA salvaguardar la libertad, la integridad y los derechos de las personas, así como preservar el orden público».

La participación ciudadana, el control civil, la transparencia, la capacitación policial, la evaluación permanente, la modernización y la elaboración de estadísticas confiables son algunas de las principales premisas.

El jefe de Gobierno de la Ciudad es el «responsable» del Sistema Integral de Seguridad Pública y delega su ejecución en el ministro de Justicia y Seguridad, quien anualmente debe presentar ante la Legislatura el Plan General de Seguridad Pública para el ejercicio siguiente (junto y de manera similar a lo que se hace con el proyecto de presupuesto general de gastos y recursos).

La ley sancionada hoy también regula los servicios privados de vigilancia de empresas radicadas o que actúen en la Ciudad, así como estipula las normas a la que deben sujetarse los servicios de video vigilancia, fija un régimen especial de seguridad para bailables y espectáculos e incorpora en el sistema a los agentes de control de tránsito y transporte.

El texto de la extensa ley se divide en 8 libros. El Libro I constituye el marco general del sistema y destaca la conducción civil, en tanto el II crea la nueva Policía de la Ciudad. El Libro III crea el Cuerpo de Bomberos civil, jerarquizado profesionalmente y auxiliar de la fuerza pública como dependencia de la Subsecretaría de Emergencias y en colaboración con el cuerpo de bomberos voluntarios y el personal de seguridad privada.

El Libro IV regula al Instituto Superior de Seguridad Pública, el V crea la Obra Social del Personal de Seguridad Pública (OSPeSe) y el VI regula la prestación de los servicios de seguridad privada, vigilancias, custodias y seguridad de personas y bienes, por parte de personas humanas o jurídicas privadas o públicas.

El VII crea el Sistema Público Integral de Video Vigilancia, que regula las videocámaras que captan y graban imágenes en lugares públicos y de acceso público. Finalmente, el Libro VIII incorpora la regulación del Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Transporte, articulado con el Consejo de Seguridad y Prevención del Delito.

Una de las cláusulas transitorias dispone crear en el ámbito de la Legislatura una Comisión de Seguimiento que tendrá un año de duración y estará integrada por los presidentes de las comisiones de Justicia, de Seguridad y de Presupuesto y por 20 diputados, respetando la proporcionalidad de cada bloque. Deberá elaborar dos informes semestrales para ser presentados en los plenarios de las comisiones referidas.

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